Obligatorio el uso de CFDI
La modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal
publicada en el
DOF el 31 de Mayo de 2013 establece lo siguiente:
• La vigencia del CFD termina el 31 de Diciembre de
2013.
• Únicamente aquellos contribuyentes que su facturación
anual sea menor a $250,000.00 M.N. Podrán seguir
utilizando en 2014 el CBB.
• A partir del 1 de Enero de 2014 todo contribuyente con
ingresos anuales mayores a $250,000.00 M.N. Deberá
emitir sus comprobantes fiscales conforme al CFDI,
cualquier otro formato no tendrá ninguna validez
oficial.
• CFDI por sus siglas: Comprobante Fiscal Digital a
través de Internet. Es el esquema definido por el Código
Fiscal de la Federación como la regla para la emisión de
comprobantes fiscales.
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