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Obligatorio el uso de CFDI

La modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal publicada en el
DOF el 31 de Mayo de 2013 establece lo siguiente:

• La vigencia del CFD termina el 31 de Diciembre de 2013.

• Únicamente aquellos contribuyentes que su facturación anual sea menor a $250,000.00 M.N. Podrán seguir utilizando en 2014 el CBB.

• A partir del 1 de Enero de 2014 todo contribuyente con ingresos anuales mayores a $250,000.00 M.N. Deberá emitir sus comprobantes fiscales conforme al CFDI, cualquier otro formato no tendrá ninguna validez oficial.

• CFDI por sus siglas: Comprobante Fiscal Digital a través de Internet. Es el esquema definido por el Código Fiscal de la Federación como la regla para la emisión de comprobantes fiscales.

 

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Teléfono Ventas  +55 4993 5662
Correo electrónico:
fi-informacion@rfa.mx


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